Por Dto. JDM Nº 36.043 de 19/09/16, artículo 1, se modifico el artículo D.3318 del Volumen XV del Digesto Departamental, referido a iluminacion y ventilacion indirecta de locales.
Ver art. D.3318 del Volumen XV del Digesto Departamental.
Por Dto. JDM Nº 36.043 de 19/09/16, artículo 1, se modifico el artículo D.3318 del Volumen XV del Digesto Departamental, referido a iluminacion y ventilacion indirecta de locales.
Ver art. D.3318 del Volumen XV del Digesto Departamental.
Por Res. IM Nº 4139/16 de 12 de setiembre de 2016, se sustituyeron los artículos R.351.8 y R.351.3 del Volumen III del Digesto Departamental, que refieren a los interinatos y la asignación de funciones.
Por Dto. JDM Nº 36.045 de 12 de setiembre de 2016, artículo 5 se derogaron las bonificaciones para buenos pagadores.
Por Dto. JDM Nº 36.045 de 8 de setiembre de 2016, artículo 1, se modifico el artículo A.53 del TOTID, referente a la mora, por deudas de cualquiera de los tributos y precios departamentales.
Ver art. A.53 del TOTID.
Por Decreto JDM Nº 36.047 de 12/09/2016, artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, y 7 se sustituyeron los artículos D.760.1, D.768.55.2, D768.55.3, D.768.55.10, D.744.2, D.744.3, y D.796 del Volumen V del Digesto Departamental que refieren a los servicios públicos de transporte colectivo de pasajeros.
Ver: artículos D.760.1, D.768.55.2, D768.55.3, D.768.55.10, D.744.2, D.744.3, y D.796 del Volumen V del Digesto Departamental.
Por Dto JDM Nº 35.624 de 2 de julio de 2015, se incorporo normativa referente a la zona de exclusión para la actividad mayorista con productos hortofrutícolas que tenga como destino el mercado interno, se define al comercio mayorista hortifrutìcola, se crea la Comisión Especial de la comercialización mayorista hortofrutícola en el ámbito del departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, guía de transporte y guía de ingreso de mercadería al mercado mayorista habilitado, y un régimen de transición
Ver Art. 1479.1; 1479.2; 1479.3; 1479.4; 1479.5 del Volumen VI del Digesto Departamental.
Por Res. IM Nº 4020/16 de 5 de setiembre de 2016, num. 1, se modificó la normativa establecida referente a las tarifas según el origen y características de los residuos no domiciliarios.
Ver artículo A310.19.2 del TOTID.
Por Res. IM Nº 3860/16 de fecha 29 de agosto de 2016, numerales 1º y 2º, se modificó la normativa referente al Departamento de Cultura, modificando su organización y otorgándole mayor institucionalidad.
Ver artículo R.6 del Volumen II del Digesto Departamental
Por Res. IM Nº 183/16 de 18 de enero de 2016, se incorporo el artículo A. 310.13.7 referente a la Tarifa de Saneamiento.
Ver art. A. 310.13.7 del Totid.
Por Dto. JDM Nº 34.868 de 26 de noviembre de 2011, se incorporaron los artículos A. 310.13.5 y A. 310.13.6 del Totid, referentes a la modalidad de facturación de la Tarifa de Saneamiento en casos que se produzca cambio de ocupantes en la finca.
Ver art. A. 310.13.5 y A. 310.13.6 del TOTID
© copyright 2016 | Intendencia de Montevideo | Todos los derechos reservados