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Digesto

R.1177

El Servicio Gestión de Espacios Públicos adoptará las medidas necesarias para proceder a la eliminación de los árboles de la especie "Plátanos" en los casos de necesidad edilicia o cuando su vetustez o conformación irregular o estado precario así lo aconsejen llenando su vacío med

R.1171.99

(Definiciones).

R.1171.98

(Carné de Artesano, Registro Departamental de Artesanos y Jurado Departamental de Artesanías). Crear el Carné de Artesano, el Registro Departamental de Artesanos, el Jurado Departamental de Artesanías.

R.1171.97

El titular podrá presentar hasta un alterno que incluya al cónyuge o concubino con dos años de antigüedad y familiares hasta primer grado de consaguinidad.

R.1171.95

Al comprobarse una infracción, el inspector actuante labrará un acta por triplicado, donde detallará la conducta en infracción, pudiendo el infractor dejar especificado en ella lo que tenga que alegar en sus descargos.

R.1171.94

Toda actuación a llevarse a cabo por los inspectores deberá hacerse por escrito labrándose el acta correspondiente.

R.1171.90

Son causas de revocación de los permisos las siguientes:
a) renuncia, fallecimiento o incapacidad del permisario cuando no se haya operado el procedimiento del artículo R. 1171.57 del presente reglamento;

R.1171.88

Los permisarios de las ferias especiales y periódicas con funcionamiento de más un día a la semana, tendrán derecho a usufructuar licencias anuales, que podrán ser ordinarias o extraordinarias.

R.1171.87

En las ferias especiales y periódicas no se permitirá:
a) depositar mercadería de consumo popular directamente sobre el piso. La misma deberá estar a una distancia no menor de 10 centímetros del piso;

R.1171.82

Podrán comercializarse en las ferias especiales y periódicas los siguientes productos:
a) plantas y flores;
b) calzados;
c) artículos nuevos de bazar, tienda, pequeños muebles, antigüedades, libros, revistas;
d) artesanías;

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