A los efectos del presente régimen se definen los distintos tipos de carteles o elementos de publicidad que pueden admitirse:
FRONTAL: Son los preponderantemente planos o superficiales adosados a la fachada frontal de un edificio.
A los efectos del presente régimen se definen los distintos tipos de carteles o elementos de publicidad que pueden admitirse:
FRONTAL: Son los preponderantemente planos o superficiales adosados a la fachada frontal de un edificio.
Marco conceptual. A los efectos del presente régimen de publicidad y propaganda se definen los siguientes conceptos:
Alcance. La instalación de cartelería y propaganda en espacios privados apreciable desde el espacio público deberá ajustarse al régimen previsto en el presente Capítulo, quedando exceptuadas las Áreas bajo Régimen Patrimonial, para las cuales es de aplicación lo dispuesto en el &
Los beneficiarios o las empresas de publicidad que hayan instalado carteles o anuncios, en predios del dominio privado departamental, autorizadas por la Comisión Financiera de la Rambla Sur, deberán proceder a su retiro, al vencimiento del plazo otorgado.
Para la confección de las bases del mecanismo de compra estatal que corresponda, se recabará previamente el asesoramiento de las oficinas técnicas competentes de la Intendencia.
Aceptada la oferta formulada en el mecanismo de compra estatal que corresponda, el interesado deberá hacer efectiva la garantía establecida en el artículo D.2392, dentro del plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a la noti
Se prohíbe la colocación de carteles o anuncios de propaganda sin previa obtención del correspondiente permiso que otorga la Intendencia.
La Intendencia de Montevideo regulará por reglamentación las características de los pasacalles o letreros luminosos, las proporciones entre motivos carnavalescos y propagandísticos (que no podrán exceder de una relación de 70% para los primeros y 30 % para los segundos), los puntos de ubicación,
Dentro de los ciento veinte días anteriores a una elección nacional, departamental o municipal, se autoriza la propaganda por medio de carteles colgantes a lo largo y a lo ancho de la vía pública, pudiendo utilizarse como soporte las columnas existentes, salvo las de señales de tránsito; debiendo
Se autoriza la propaganda política, sindical, cultural, religiosa y similares, por medio de anuncios en pantallas, parihuelas o angarillas, banderas y telas y la distribución de volantes y hojas sueltas en la vía pública, con el correspondiente “pie de imprenta” y leyenda que establez
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