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Digesto

R.1184

El Intendente podrá autorizar la instalación de quioscos en la vía pública dentro de los criterios y condiciones establecidos en la presente sección.

R.1171.12

Plazo de presentación de los interesados. A partir de la publicación del llamado a interesados; éstos dispondrán de un plazo de 10 (diez) días para registrar su inscripción, vencido el cual se procederá al cierre definitivo de las inscripciones.-

R.1171.10

Requisitos que deberán llenar los interesados. Los interesados deberán presentarse por escrito especificando en forma clara:
a) el rubro dentro del cual desarrollarán su actividad;

R.1160.1

Cuando se solicite un espacio no comprendido en los indicados precedentemente, la solicitud deberá presentarse en la Secretaría General, prosiguiendo su trámite de acuerdo con lo dispuesto por el Art. R. 1171.2.

D.2346.33

(Procedimiento).La División Promoción Económica establecerá la fecha de inscripción de aspirantes para ser permisarios de puestos libres en las ferias permanentes mediante el llamado a interesados, que se publicará en dos Diarios de la Capital y en la prensa oral o televisiva indistintament

D.2346.29

(De las adjudicaciones por sorteo). La Intendencia de Montevideo realizará un sorteo abierto entre personas interesadas en acceder a las ferias permanentes en caso que quedaren puestos sin adjudicar.

D.2390.7

En Suelo Rural asumirán la modalidad subterránea las redes de transporte de fluídos, y la modalidad aérea las redes de transporte de energía y/o señales y los equipos integrantes de las mismas.

D.2390

Los fotógrafos o vendedores de cualquier naturaleza, deberán ajustarse a las disposiciones departamentales sanitarias en vigencia.

D.2372

Cuando las condiciones del tiempo así lo exijan los permisarios con la anuencia de la Prefectura Nacional Naval o de los inspectores de la Intendencia, podrán retirar las sombrillas y carpas alquiladas, sin que por ello queden obligados a la devolución del alquiler cobrado, por el importe d

D.2370

Todas las instalaciones y sombrillas estarán ubicadas en las playas a una distancia no menor de diez metros del límite de las aguas en las altas mareas normales.

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