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Digesto

R.1233

Los permisos tendrán carácter precario y revocable y serán estrictamente personales e intransferibles. En ningún caso se expenderán a favor de firmas comerciales y/o conjuntos económicos. Tampoco podrán ser objeto de arriendo a terceros, bajo pena de inmediata caducidad.

R.1225.12

La mercadería en condiciones antihigiénicas, de procedencia ilícita, de origen desconocido o que se inscriba en otra causal semejante será inmediatamente decomisada sin perjuicio de las sanciones a que se haga acreedor el permisario.

R.1198.9

El Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional procederá a fijar en el último mes de cada año, el monto del derecho de ocupación del espacio público y su correspondiente forma de actualización.

R.1171.76

El permisario exhibirá en forma permanente y visible en el frente del puesto fotocopia del certificado o carné habilitante.

R.1171.71

Durante el horario de funcionamiento de la feria no podrán retirarse artículos exhibidos para la venta, salvo que se hayan comercializado o estén en malas condiciones.

R.1171.18

La Intendencia se reservará el uso de 2 (dos) stands de tres metros de longitud y otros 2 (dos) de seis metros de longitud, a los efectos de difundir sus actividades culturales o la de otras instituciones invitadas.

R.1171.3

En caso de solicitarse prórrogas, éstas se presentarán con la debida anticipación en la Unidad de Areas Verdes Centrales, la que la tramitará informando al Departamento de Recursos Financieros para la Resolución superior.

D.2390.8

Para la adecuación de las instalaciones existentes en el espacio público, en las modalidades descritas en el presente Título, se establece el siguiente orden de prioridades en relación a los valores patrimoniales y urbanísticos de las diferentes zonas del departamento de Montevideo:

D.2390.1

El espacio público regido por el presente Título comprende el subsuelo de las calzadas, aceras y espacios públicos en general, así como el espacio aéreo situado por encima de ellos.

D.2369

Existiendo locaciones disponibles los permisarios están obligados a alquilarlas. En el boleto se indicará en forma indeleble el tiempo por el que han sido alquiladas las instalaciones.

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