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Digesto

R.424.87

Cuando dos vehículos circulan en sentidos opuestos, por calzadas angostas en las que no es posible la circulación más que en una sola senda, cada conductor deberá desviar su vehículo lo más posible a su derecha, de manera de ceder a al otro la zona central de la

R.424.128

Los titulares de reserva de espacio deberán abonar el costo del señalamiento, conjuntamente con el primer pago de la misma.

R.424.112

Unidad de estacionamiento: es la superficie necesaria para la ubicación de un automóvil y estará determinada por:

R.424.108.14

El sistema de limitación del tiempo de estacionamiento de vehículos en la vía pública, denominado "Zona Azul" que funciona en el área de estacionamiento tarifado establecido en el artículo R.424.105, funcionará en las siguientes condiciones:

R.424.42.14

La División Tránsito y Transporte podrá por motivos fundados, sancionar a las empresas registradas, pudiendo observarlas, suspenderlas, aplicarles sanciones pecuniarias y hasta dar la baja del Registro, conforme con la entidad de la falta cometida o el incumplim

D.723.1

Constatada la infracción establecida en el Art. D.677 numeral 1 inciso j) se aplicará al propietario del vehículo una multa de 35 U.R.

D.722

En caso de contravención a lo establecido en el artículo D.

D.717

Atenuantes. Se considerarán atenuantes:

1) El tiempo que el conductor haya manejado sin registrar accidentes.

2) La imprudencia del otro conductor o de la víctima.

D.694

La Intendencia podrá determinar vías de tránsito y paseos en los que se prohíba circular bicicletas, triciclos y similares.

D.659

Objetos perjudiciales. Se prohibe arrojar en la calzada vidrios, clavos, metales o cualquier otro objeto que pueda dañar a personas, animales o vehículos usuarios de la calzada.

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