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Digesto

R.424.126

Del señalamiento. El señalamiento de las reservas de espacio se realizará de la siguiente forma:

R.424.125

El Servicio de Ingeniería de Tránsito calculará la tarifa mencionada en el Art. R.424.120, la que deberá ser sometida a consideración del Intendente para su aprobación.

R.424.122

Quedan exonerados del pago del costo mensual:

R.424.121

A los efectos del cálculo del costo mensual, no podrá considerarse menor a 8 (ocho) horas diarias de lunes a viernes.

R.424.120

Del costo y su pago.

a) A los efectos del cálculo de la tarifa a pagar por los usuarios de reservas de espacio se considerará la siguiente clasificación de los mismos:

R.424.119

Las reservas de espacio para obras en construcción o demolición, las concederá en primera instancia directamente el Servicio de Ingeniería de Tránsito, quedando siempre supeditadas a la aprobación definitiva de la Intendencia.

R.424.116

Estas reservas de espacio se concederán cuando no exista prohibición de estacionamiento ni otros impedimentos únicamente en los frentes de los edificios ocupados por los solicitantes, o en otros sitios, sólo si existe consentimiento previo de los frentistas del

R.424.114

Las solicitudes se presentarán ante el Servicio de Ingeniería de Tránsito, probando fehacientemente la necesidad de dicha reserva.

R.424.113

De las solicitudes. Pueden ser solicitantes de reserva de espacio quienes se encuentren comprendidos en el Art. R.424.111.

R.424.111.6

El Servicio de Contralor y Registro de Vehículos entregará a los interesados, un distintivo autoadhesivo con el símbolo internacional de la discapacidad, donde figurarán los datos del vehículo.

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