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Digesto

D.2221.1

En la etapa de proyecto de las obras, la Intendencia de Montevideo notificará y proveerá a las Empresas de Servicios Públicos de un anteproyecto, que contenga las adecuaciones, modificaciones, etc. que deben realizar en las instalaciones del área que dicho anteproyecto comprenda.

D.2221

En todo tipo de obras que la Intendencia encare en el espacio público del Departamento y que por distintas razones, entienda que deban adecuarse o modificarse las instalaciones de los servicios públicos en la zona, se deberá notificar a las Empresas de Servicios Públicos especificando la n

D.2220

Previamente a realizar toda remoción, se recabará información en los organismos respectivos, con referencia a sus instalaciones existentes en el lugar y se les notificará de los trabajos previstos, para que aquéllos puedan intervenir con el objeto de evitar deterioros en las mismas.

D.2219

Las Empresas de Servicios Públicos que trabajen por administración efectuando remociones en la vía pública serán directamente responsables de los daños y perjuicios que ellas o sus empleados causen.

D.2217.1

Cuando el plazo referido en el artículo anterior se exprese en días hábiles, se entenderá por tales, los días no feriados y no lluviosos.

D.2216

En casos de urgencia, las Empresas de Servicios Públicos, quedan autorizadas a practicar el removido del pavimento y excavaciones necesarias.

D.2215

Toda obra de remoción, instalación de infraestructura, equipos, etc. así como la sustitución de instalaciones preexistentes o cambios de ubicación a realizarse en la vía pública deberá contar con la previa autorización de la Intendencia de Montevideo.

D.2214.2

La Intendencia de Montevideo llevará un Registro de Contratistas de Obras en la Vía Pública.

D.2214.1

Toda empresa de servicios públicos que realice obras de remociones en la vía pública, por administración o por contrato, deberá designar un Representante Técnico con título de Ingeniero Civil y en los casos en que las obras tengan interferencias con especies vegetales, deberá designar tambi

D.2214

Todas las obras que se realicen en la vía pública por instituciones oficiales, empresas de servicios públicos, empresas contratistas o por particulares, cualquiera sea su destino y que impliquen la remoción o modificación de calzadas, veredas, cordones y, en general, todas aquellas que afec

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