Los Organismos o Empresas Contratistas que realicen cortes de pavimentos, al término del trabajo que lo motivó, procederán a ejecutar un pavimento provisorio hasta tanto no se haga la reposición definitiva.
Digesto
D.2236.4
La presencia de un corte de pavimento implica automáticamente la prohibición total de estacionar dentro de los tres metros a cada lado del mismo.
D.2236.2
En los casos de que el contratista o el Ente no cumpliera con las exigencias de señalamiento para cortes de pavimento o roturas imprevisibles, cualquiera fuera su origen, la Intendencia de Montevideo, en ejercicio de sus potestades de policía de mantenimiento de obras civiles, procederá de
D.2236.1
La responsabilidad por el incumplimiento de los requisitos que se exigen en este Título III de la Parte Legislativa y Título II de la Parte Reglamentaria, recaerá:
D.2235
Cuando se trate de reconstrucción en los pavimentos cuya conservación está a cargo de la empresa constructora que los ha ejecutado, ésta deberá proceder a la reposición del pavimento, correspondiendo al permisario del Servicio Público el pago de dichos trabajos de acuerdo a lo establecido
D.2234.2
En caso que la Intendencia de Montevideo, por razones fundadas así lo entendiera necesario, procederá de oficio a la reposición de cortes, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas que pudieran corresponder.
D.2233.2
Para remover las piezas, se deberán emplear los elementos adecuados que aseguren un correcto manipuleo, levantando la totalidad de las piezas afectadas por el trazado, lo que asegurará un debido compactado de la base durante su colocación debiendo reubicar las piezas en el mismo lugar del q
D.2233
En todo corte de pavimento en calzadas y aceras, será obligatorio el uso de equipos mecánicos de aserrado tales como los dotados de discos abrasivos. Los bordes del pavimento a reponer deber ser paralelos o perpendiculares al eje de calzada.
D.2232.1
Para las remociones que se deban ejecutar en pavimentos y cordones cuya conservación esté a cargo de la empresa constructora que los ha realizado, la Intendencia de Montevideo le intimará la ejecución de esas obras, las que se deberán iniciar dentro de los 3 días siguientes a la notificació
D.2231
Cuando las obras a ejecutarse exigieran, a juicio de la Intendencia de Montevideo, el cierre temporario de una calle, se deberán colocar en lugar conveniente letreros que indiquen a los conductores los nuevos recorridos a efectuar.
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