Los Planes Zonales contendrán las siguientes determinaciones:
A) Objetivos de su redacción, expresando su carácter complementario del Plan de Ordenamiento Territorial.
B) Relaciones e incidencias con el Plan de Ordenamiento Territorial.
Los Planes Zonales contendrán las siguientes determinaciones:
A) Objetivos de su redacción, expresando su carácter complementario del Plan de Ordenamiento Territorial.
B) Relaciones e incidencias con el Plan de Ordenamiento Territorial.
Edificios destinados a servicios administrativos.
Barracas de materiales de construcción con acopio a cielo abierto. Quedan comprendidas dentro de este tipo los establecimientos que expendan materiales de construcción incluyendo materiales a granel tales como: arenas, gravas, cales u otros; materiales masivos tales como: bloques
Zonas con Énfasis en la Preservación. Son las correspondientes a los espacios con mayores valores naturales, ecológicos y paisajísticos. En ellas se limitarán estrictamente las transformaciones del medio en cualquier sentido.
Edificaciones. Las edificaciones requerirán en todos los casos instalaciones de agua, energía eléctrica mediante conexiones a la red pública o producción propia, red de saneamiento interior y caminería de acceso.
Situaciones especiales.
Alturas, retiros y FOS. Rige lo establecido en los planos correspondientes.
Condiciones de instalación. Podrán instalarse carteles en predios baldíos en las siguientes condiciones:
a) deberán colocarse en la alineación oficial del predio;
Sobreelevaciones / gálibos. En aquellos casos de regulación de Regulación de zona, a partir de la altura máxima definida se podrán construir locales habitables a condición de que los mismos se retiren de la alineación frontal un mínimo de 3 metros.
Condiciones de instalación. Los carteles frontales se ubicarán en los vanos o en sectores de fachada que no posean elementos significativos que pudieran verse distorsionados.
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