Edificios destinados a complejos fúnebres.
Se exigirá 3 lugares de estacionamiento por cada sala velatoria.
No se exigirán sitios de estacionamiento cuando se trate de edficios que cuenten con hasta dos salas velatorias.
Edificios destinados a complejos fúnebres.
Se exigirá 3 lugares de estacionamiento por cada sala velatoria.
No se exigirán sitios de estacionamiento cuando se trate de edficios que cuenten con hasta dos salas velatorias.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley Nº 16.466 de 19 de enero de 1994 y por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 435/994, la Intendencia requerirá la aprobación de un Estudi
Depósito de metales, chatarrerías, desguazaderos y afines y depósitos de papel, cartón, plástico y sus derivados. Están comprendidos dentro de la primera actividad mencionada las construcciones, locales y predios destinados al depósito, almacenamiento, desguace, fraccionamiento o
Faena de aves.
Se prohíben las edificaciones o conjuntos de edificaciones que puedan generar necesidades de infraestructuras y servicios urbanos, representen el asentamiento de actividades específicas del medio urbano en detrimento de las propias del medio rural o hagan perder el carácter rural al paisaje de su
Áreas de Rehabilitación Integrada
Factor de Ocupación del Suelo y Factor de Ocupación Total. El Factor de Ocupación del Suelo (FOS) será del 100% del área del predio.
El Factor de Ocupación Total (FOT) será el que resulte de aplicar el Factor de Ocupación del Suelo en toda la altura máxima.
Para los predios del Departamento de Montevideo en Régimen General regirán las condiciones de ocupación del suelo que se establecen en el presente Capítulo.
En Suelo Urbano Consolidado Costero y en el área diferenciada Barrio Sur - Parque Rodó - Palermo, excepto el Área Diferenciada Malvín, y para el caso en que se implanten edificios con altura mayor o igual a 9 metros, se admitirá aumentar el FOS correspondiente al predio y ocuparse en planta baja,
De acuerdo con el Plan Especial Arroyo Miguelete de Agosto de 2002, se dispone que los predios comprendidos dentro del área delimitada por: eje del cauce del Arroyo Miguelete; Camino Dr.
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