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Digesto

D.3146.33

Se podrá exigir la venta anticipada de entradas y la limitación de su venta en los accesos al local en oportunidad de realizarse el evento, cuando la capacidad otorgada supere las 500 (quinientas) personas.

D.3146.32

Todos los locales comprendidos en la presente norma deberán colocar en lugar visible desde el exterior, cartelería indicadora de capacidad autorizada y horarios de funcionamiento y horario de funcionamiento del entarimado, mesas y sillas en caso de tenerlos.

D.3146.31

En el caso de que los locales pertenecientes a las categorías B y C cuenten con varios espacios de uso diferenciado, se determinará el aforo para cada uno de ellos en forma independiente.

D.3146.30

Capacidad.- La capacidad de los locales en función de la superficie destinada al público se modifica solo en los términos que pasan a expresarse.

Para los locales de las categorías A1 y A2, se admitirá 1 (una) persona por metro cuadrado.

D.3146.29

Los locales que a la fecha de aprobación del presente decreto cuenten con habilitación comercial otorgada continuarán funcionando, contando con un plazo de 90 (noventa) días para adecuarse al mismo.

D.3146.28

En todos los aspectos no contemplados expresamente por la presente Sección, resultará de aplicación la normativa vigente a la fecha.

D.3146.27

Los locales cuyo destino principal sea alguno de los descritos en la presente Sección, a instalarse en un inmueble concedido por la Intendencia de Montevideo, quedarán sujetos a las condiciones establecidas en el pliego, el cual deberá incluir las condiciones y requisitos aprobados en la presente

D.3146.26

No se admitirá la utilización de contenidos o imágenes sexistas, que inciten a la violencia, a la discriminación y/o refuercen los estereotipos de género en la promoción, publicidad o convocatoria de los locales a que refiere la presente Sección.

D.3146.25

Los locales alcanzados por la presente Sección, que opten por establecer criterios concretos que limiten el acceso de público a sus instalaciones deberán colocar en cada lugar de ingreso al mismo, un cartel que comunique de forma visible y clara, cuáles son esos criterios.

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