Previamente a la construcción de canchas de paddle, deberá gestionarse y aprobarse el correspondiente permiso de construcción por el servicio de Contralor de la Edificación y obtenerse la inspección final habilitante antes del comienzo de las actividades.
Digesto
D.3599
Junto con la solicitud de habilitación, los interesados deberán presentar:
a) Documentos en los que conste la conformidad de ocupación y uso del predio cedido por el propietario;
D.3594
Deberán colocarse donde la autoridad departamental disponga, todos los carteles indicadores y orientadores, tales como los que se refieran a la prohibición de fumar, a las entradas o salidas, a los servicios higiénicos y a la ubicación de las localidades, así como todo otro que se considere
D.3588
Los distintos sectores de localidades estarán perfectamente diferenciados y los palcos y plateas de preferencia serán numerados.
D.3578
Las puertas de verjas tendrán en conjunto un ancho igual a todas las de salida que la verja cierre.
D.3570
Este tipo de edificio, contará con amplia entrada de vehículos, de manera que la manipulación de ataudes, cuerpos, y elementos utilizados en la capilla ardiente, se efectúe con facilidad dentro del predio sin utilizar la zona de retiro frontal.
D.3561
Cuando el edificio para salas velatorias tenga más de 3 salas se exigirán cinco lugares de estacionamiento vehicular por cada sala que exceda de esa cantidad. Las dimensiones para cada lugar serán las siguientes: largo 4 mts. 50, ancho 2 mts. 25, ancho de la calle 6 mts.
D.3536
Se prohíbe la instalación de cortinados dobles o enterizos en la parte interior de las puertas de acceso a las salas y demás localidades de espectadores.
D.3526
La Empresa o propietario del establecimiento tiene la obligación de hacer abrir todas las puertas de salida del público, cinco minutos antes de la terminación del espectáculo.
D.3506
Las salidas serán convenientemente repartidas en el establecimiento, con el fin de asegurar la evacuación rápida del público y del personal.
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