Se distingue los siguientes tipos de jarabe o almíbar, de acuerdo a su concentración de sólidos solubles:
Digesto
D.1745.14
Se permite el agregado al azúcar blanco de anhídrido sulfuroso, de acuerdo a lo establecido en la lista positiva de aditivos.
D.1745.13
Se entiende por azúcar impalpable, en polvo, flor o glacé, el azúcar blanco finamente dividido, obtenido por pulverización de azúcar de calidad 1, con adición de alguno de los siguientes agentes antihumectantes permitidos:
a) almidón, máximo 5% (m/m),
D.1683
Los productos de pescado rebozados se presentan de diversas formas y con variados rellenos (quesos vegetales y otros) y los recubrimientos pueden ser adicionados de ingredientes complementarios (almidones modificados, dextrinas, huevos, sal, pan rallado, harinas, especias y condimentos)
D.1682
Se reserva el nombre de «milanesa de... (aquí el nombre de la especie) a los filetes rebozados que cumplan con la definición del artículo D.1644.7.
D.1681
Productos de pescado empanados congelados rápidamente. Son los platos semipreparados, obtenidos a partir de filetes de pescado o trozos de pescado, solos o mezclados, que luego de ser rebozados o empanados se prefritan en aceite comestible, envasan y congelan rápidamente.
D.1680
Caviar granulado o caviar. Es el producto elaborado con huevas de varias especies de esturiones, aglutinados y adicionados de sal. El caviar no debe contener más de 55% de agua.
D.1679
En las conservas de atún y bonito el líquido o medio de cobertura será:
a) en el caso de aceite un mínimo de 10% (excepto para el producto desmenuzado) y un máximo de 33.3% del contenido neto del envase.
D.1678
Las conservas de atún, bonito o caballa pueden presentarse, de acuerdo a la forma de la masa del producto en las siguientes clases:
D.1677
Se entiende por conserva de atún, bonito y caballa los productos elaborados con la carne de una de las especies que se indican a continuación:
ATUNES
Thunnus alalunga
Thunnus albacares
Thunnus atlanticus
Thunnus obesus
Thunnus maccoyii
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