La planificación semestral referida en el artículo A.131.27.1, deberá ajustarse a cupos establecidos por el Departamento de Cultura en acuerdo con el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales para la dirección de obras y
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A.131.27.1
La necesidad de funcionarios/as presupuestados o contratados/as que establece el artículo A.131.27, deberá realizarse a propuesta del Consejo Artístico y de la Dirección General y Artística de la Comedia Nacional, en base a la plani
A.131.27
Todo/a funcionario/a de la Intendencia de Montevideo en ocasión de desempeñar funciones en la Unidad Comedia Nacional, que excedan y difieran de las de su cargo presupuestal o funciones de contrato, serán remunerados por medio de un pago excepcional como una compensación por dicha tarea extraordi
