El precedente régimen de facilidades de pago regirá hasta el 15 de diciembre del corriente.
Back to top
Totid
A.541
(Reglamentación de la exoneración a las Instituciones culturales).
A.446.4
Dichos cobros se harán en forma provisoria y sujetos a reliquidación una vez que se haya operado la Habilitación final de la Intendencia.
A.97
La presente reglamentación deberá ser colocada en un lugar visible de las empresas que se incorporen al sistema, de forma tal que todos los trabajadores estén en conocimiento de la misma.
