Back to top

Totid

A.446.4

Dichos cobros se harán en forma provisoria y sujetos a reliquidación una vez que se haya operado la Habilitación final de la Intendencia.

A.97

La presente reglamentación deberá ser colocada en un lugar visible de las empresas que se incorporen al sistema, de forma tal que todos los trabajadores estén en conocimiento de la misma.

A.75

(Conjuntos Habitacionales de I.N.V.E.).

A.74

(Conjuntos Habitacionales).

A.73

Declárase que la excepción prevista en el inciso 1º del artículo 16 del Decreto Nº25.226 con la redacción ordenada por el art.

Páginas

Suscribirse a Totid