La entrada en vigencia de la referida sustitución es a partir de la fecha indicada en el Art.6 del Decreto Departamental No. 27.246(*).
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Totid
A.187.1
Por el cambio de placas de matrícula, la expedición del documento de identificación vehicular –D.I.V.
A.228.1
La vigencia del presente Decreto será a partir del 1 de setiembre de 1996.
A.462
(Monumentos declarados de Interés Departamental). DECLARACIÓN.
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