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A.385.3

En los casos previstos en los artículos 1 y 2 de esta reglamentación, los responsables deberán efectuar una declaración jurada mensual en la que conste los días y horarios en que mantendrán abierto al público los locales.

A.352

(Impuesto a los anuncios en vehículos de trabajo). 

A.323

(Locales donde funcionan máquinas de entretenimientos deportivos y similares).

A.319

(Consultorio Jurídico pertenecientes a la Facultad de Derecho). Facúltese a la Intendencia  de Montevideo a exonerar al Consultorio Jurídico, perteneciente la Facultad de Derecho del pago de los sellados y/o timbres de las tramitaciones que se realicen ante la comuna.

A.310.6.9.6

Amplíase el beneficio creado por el Decreto No. 30.528 de 13/11/2003 permitiendo, a los contribuyentes que se encuentren en las condiciones de regularidad de pagos definidas por el art.

A.309.1

No se abonará dicha tasa cuando el inflamable contenido o transportado, sea alcohol azul (o desnaturalizado) o kerosene.

A.263.4

La exoneración establecida por el artículo anterior no alcanza a los permisos de construcción que requieran la aprobación de Tolerancias, excepciones o modificaciones simples.

A.228.3

La entrada en vigencia de la referida sustitución es a partir de la fecha indicada en el Art.6 del Decreto Departamental No. 27.246(*).

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