Facúltase a la IM a modificar los porcentajes de cálculo de las tasas de Adicional Mercantil y de Gas de Mercurio a los efectos de que estos tributos mantengan en 1996 y años siguientes los mismos valores en términos reales que los percibidos en 1995.
Totid
A.543.3
(Unidades de estacionamiento construidas en edificios multipropósito) Facúltase al Ejecutivo Comunal a reducir el monto de la Tasa General Departamental a un 30% de su valor por las unidades de estacionamiento construidas en los edificios multipropósito.
A.313
(Fotocopia o testimonio Registro Estado Civil). Por cada fotocopia o testimonio del Registro del Estado Civil, se repondrá papel timbrado por valor de NUEVOS PESOS QUINIENTOS (N$ 500,00).
A.76.7
Las exoneraciones que se dispongan en cumplimiento del presente Decreto serán comunicadas a la Junta Departamental de Montevideo para su conocimiento.
A.76.1
(Instituciones beneficiarias en forma total o parcial de exoneraciones de pago de tributos departamentales). Las instituciones que, en función de disposiciones establecidas de conformidad con la normativa nacional o departamental, resultaren beneficiarias en forma total o p
A.605.1
(QUIOSCO FIJO. Transferencia) Disponer que no se cobrarán gastos, en los casos de transferencia de quioscos fijos del titular a familiar directo, cuando se trate de jubilación o fallecimiento del titular.
A.624.2
(Precio).
A.437.3
En los Certificados de Gravámenes y de Antecedentes deberá informarse la existencia de los compromisos y cesiones que se encuentren inscriptas.-
A.558
Auméntase en un 87% (ochenta y siete por ciento) la Tasa de Contralor de Higiene Ambiental (Art .5º del Decreto Departamental Nº 13.131; 77 del Decreto Departamental Nº 14.490; 58 del Decreto Departamental Nº 14.436; 104 y 108 del Decreto Departamental Nº 17.020 y modific
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