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A.173.1

Reglamentación de la autorización genérica para transferir permisos de los servicios de transporte de interés público. Automóviles con taxímetros. Aprobar la siguiente reglamentación para la autorización prevista por el Art. 32 del Decreto Departamental Nro. 27.803:

A.391

(Incremento de montos). En casos excepcionales y debidamente fundamentados la Intendencia podrá incrementar estos montos.

A.601.17

Las prolongaciones sucesivas de los colectores provisorios serán consideradas individualmente, como unidades independientes, a los efectos de la aplicación de los Artículos 20, 21 y 23.(*)

A.559.3.1

Facúltase al Ejecutivo Comunal a aplicar en todos los casos a las distintas deudas generadas hasta el 31 de julio del corriente, un régimen de bonificación del 40% (cuarenta por ciento) en las multas y recargos acumulados hasta la fecha de efectivización del pago o con

A.38.5

El Certificado deberá ser expedido en tiempo real por parte de los Gobiernos Departamentales.

A.157Bis

Facúltase a la Intendencia de Montevideo para exonerar, del pago de la Tasa de Vallado que generen las obras que se realicen en el marco de los programas de construcción y/o reciclaje de viviendas, en que participen financieramente la Intendencia.

A.630

(Inspección e informe profesional parcial).

A.123

Establecer que para las pequeñas industrias rurales el costo por concepto de registro de productos será de una Unidad Reajustable.

A.98

El beneficio del reintegro regirá para un máximo de 1000 (mil) contrataciones anuales, a partir de su puesta en vigencia, independientemente de la cantidad de empresas que se acojan al mismo.

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