Exonerar del pago del Impuesto a los Baldíos establecido en el artículo 21 del Decreto Nº 27.310 de 30 de octubre de 1996 y modificativos(*), los predios que por aplicación del Plan Montevideo, de las Directrices De
Totid
A.506.22
Exoneración Contribución Inmobiliaria Viviendas Municipales y Ex-Barrios en Condominios.
A.445.1.1
Facultar a la Intendencia a bonificar hasta en un 80% del monto por un plazo de 24 meses de la Contribución Inmobiliaria a los predios en los que se produzca cambio de Categorización de Suelo Rural a Suelo Urbano o Sub-urbano, como consecuencia de la aplicación de las Directrices Departamentales
A.624.8
En caso de que el solicitante, sea una institución pública o particular, plantee una bonificación en los precios de arrendamiento, deberá fundamentar las razones que lo motivan.
A.509.3
Los bienes inmuebles declarados monumento histórico y que sean de propiedad particular, quedarán exonerados (...) de los adicionales del Impuesto de Contribución Inmobiliaria, en tanto sus propietarios se ajusten a las obligaciones consagradas por la presente ley, a lo establecido para el caso po
