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R.1519

La reválida de entradas sólo se podrá solicitar dentro de un plazo de ciento ochenta días, a partir de la fecha del espectáculo para el cual fueron autorizadas.

D.2889

La transgresión a cualquiera de las normas contenidas en los Capítulos anteriores se sancionará de acuerdo al régimen punitivo departamental.

D.3005

Todas las mangueras conectadas a las llaves o bocas de incendio, estarán perfectamente resguardadas por cajas de dimensiones convenientes, dotadas de tapas de vidrio y señaladas con la palabra

D.3004

Los detalles de construcción de las piezas especiales de las instalaciones, obedecerán a las indicaciones que para cada caso formule la Dirección Nacional de Bomberos.

D.3013

Los establecimientos de primera categoría deberán tener cerca del escenario y en comunicación fácil con la calle y con las diferentes secciones del mismo, un local para "Oficina de Segurid

D.2976

Si las salas están limitadas por corredores o pasajes de circulación, las escaleras y sus descansos estarán situados fuera de los corredores o pasajes.

D.2957

Se prohíbe construir escalones en los pasajes de circulación general de las salas.

D.2943

Regirán para las salas de los establecimientos de tercera categoría las mismas prescripciones que rigen para los de segunda categoría.

D.2833

En los casos a que se refieren los dos artículos anteriores, si la suspensión o modificación autorizada por el Servicio competente se efectuare después de iniciada la venta de entradas, los org

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