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R.1520

La reválida sólo podrá concederse para aquellos espectáculos que se realicen en el mismo local y sean organizados por la misma Institución que abonó los tributos en la oportunidad inicial.

R.1513.24

Los comunicados a que refiere el apartado 13 del artículo D.2808, deberán ser proyectados o difundidos en todas las vueltas, o al c

R.1513.15

Las autoridades mencionadas en el artículo D.2802, tendrán libre acceso a los locales a los efectos del contralor correspondiente a

D.2864

El horario de funcionamiento de estos locales será de 9.00 a 2.00 horas, excepto los días viernes, sábado y víspera de feriados no laborables, que podrá extenderse hasta las 5.00 horas del d

D.3135

La instalación del alumbrado de seguridad sera totalmente independiente de la del alumbrado general.

D.3132

Los pasillos, escaleras, halls, servicios para el público y en general en todos los lugares destinados a salida deberán colocarse luces que se mantendrán encendidas durante toda la función.

D.3051

En la escena y sus dependencias, no se permitirá el uso de aparatos de alumbrado de llama descubierta.

D.3031

En todas las salas de espectáculos pertenecientes a establecimientos de cualquier categoría, se destinará un asiento de platea, durante las representaciones o exhibiciones, al Jefe del Cuerpo de Bo

D.3016

La Dirección Nacional de Bomberos queda facultada para ejercer el contralor y la vigilancia necesarias para el estricto cumplimiento de todas las disposiciones del presente Título en cuanto se

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