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Novedades

  • Cambio en la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Urbano

         Por Res. IM Nº 2442/22 de 20/6/22 se sustituye el texto del artículo R.7 del Volumen II del Digesto Departamental estableciendo que la Unidad Especial Ejecutora de Atención al Programa de Integración de Asentamientos Irregulares pasará a depender en línea directa de la División Tierras y Hábitat.-

  • Reglamentación de la tasa por concepto de Contralor Bromatológico e Higiénico Sanitario

               Por Res. IM Nº 2363/22 de fecha 15 de junio de 22 se deja sin efecto las Resoluciones Nº 73/12 de 2 de enero de 2012 y Nº 1164/21 de 18 de marzo de 2013 y se aprueba la  reglamentación de la Tasa por Concepto del Servicio de Contralor Bromatológico e Higiénico Sanitario de Sustancias Alimenticias, Productos o Bebidas Destinadas a la Fabricación, Industrialización, Transformación y/o el Consumo. En virtud de ellose procedió a dejar sin efecto el artículo 336.1 del TOTID, se incorporaron los artículos 336.1, 336.2.1, 336.7.1, 336.7.2, 336.10.1, y se sustituye la redacción de los artículos 336.2, 336.6, 336.7, 336.8, 336.10 y 336.11 del mismo cuerpo normativo, en función de la nueva reglamentación.-

  • Prórroga del plazo máximo de antigüedad de los vehículos contratados a través del uso de plataformas electrónicas.-

       Se añade nota al artículo D.860.24 del Volumen V del Digesto Departamental, atendiendo a que por Dto. JDM Nº 38.016 de fecha 5 de mayo de 2022 se faculta a la Intendencia de Montevideo para prorrogar el plazo máximo de antigüedad de los vehículos contratados a través del uso de plataformas electrónicas, cuyo vencimiento haya sido en los años 2022 o 2021, haciendo uso de dicha facultad y prorrogándose por el numeral 2 de la Res. IM Nº 2042/22 de fecha 23 de mayo de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.-

  • Requisitos obligatorios eliminatorios para el ingreso a la función pública

       Por Res. IM Nº 1936/22 de 17 de mayo de 2022 se sustituye el artículo R.243.6 del Volumen III "Relación Funcional" del Digesto Departamental en la redacción dada por el numeral 1º de la Resolución Nº 5138/18 de fecha 5 de noviembre de 2018, el cual establece los requisitos obligatorios para todos los concursos.-

  • Tarifa provisoria de 0,30 UR por tonelada para el ingreso al STDFR de los Residuos de Obras Civiles (ROCs)

    Se añade nota al Art. 310.19.2 del TOTID atiendendo a que por Res.IM Nº 1866/22 de 17/5/22 se mantiene la tarifa provisoria de UR 0,30 (unidades reajustables cero con 30/100) por tonelada para el ingreso al STDFR de los Residuos de Obras Civiles (ROCs) sucios generados en las actividades de construcción, reforma o demolición de obras para uso residencial, por un nuevo período de 6 (seis) meses contados a partir del 1o. de mayo de 2022.

  • Modificación normativa respecto a las alturas, retiros y FOS de la zona de Buceo

       Por Res. IM Nº 1720/22 de fecha 2 de mayo de 2022 se promulga fictamente el Decreto Nº 37.939 de 7 de abril de 2022, sancionado el 7 de abril de 2022, por el cual se sustituye el texto del artículo D.223.220, de la Sección V “Zonificación terciaria. Régimen general. Área costera”, Capítulo IV “Normas particulares”, Título IV “De las normas de régimen general en suelo urbano”, Parte Legislativa, Libro II “Instrumentos del ámbito departamental” del Volumen IV “Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo” del Digesto Departamental, correspondiente al artículo D.220 “Buceo” del Plan Montevideo.-

  • Se mantiene para el periodo 2022 la reglamentación al artículo D.98.1 del Digesto Departamental

      Por Res. IM Nº 1701/22 de fecha 2 de mayo de 2022 se reitera lo dispuesto por Res. IM Nº 3551/21 de fecha 20 de setiembre de 2021, num. 1º, la cual mantiene la reglamentación aprobada por Resoluciones N° 2870/19 y N° 3339/19 de fecha 10 de junio de 2019 y 8 de julio de 2019 respectivamente, en lo relativo a la vigencia, las carreras comprendidas y los requisitos exigidos para el periodo 2021, extendiéndose para el año 2022. Así mismo se mantiene el Programa de Capacitación para la Certoficación de Conocimientos y Habilidades aprobado por Resolución Nº 3754/19 de 29 de julio de 2019.-

  • Fraccionamiento de alimentos

            Se agrega nota al artículo D.902.1 del Volumen VI del Digesto Departamental ya que por Res. IM Nº1570/22 de fecha 22 de abril de 2022 se autoriza por 180 (ciento ochenta) días el fraccionamiento de alimentos realizado a la vista del consumidor final a nivel de comercios alimentarios de proximidad, con alcance local de riesgo bajo y de superficie menor a los 100 m2.-

  • Aplicación de medidas cautelares según artículo 24 capitulo V de la Ley N.º 18.308 de Ordenamiento Territorial

          Se añade nota al artículo D.223.201 del Volumen IV del Digesto Departamental atendiendo a que por Res. IM Nº 1626/22 de fecha 25 de abril de 2022 se promulga el Decreto Nº 37.982 sancionado el 7 de abril de 2022 por el cual se faculta a la Intendencia de Montevideo a aplicar medidas cautelares, según lo dispuesto en el artículo 24 del Capítulo V de la Ley N.º 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, de 18 de junio de 2008, para el área delimitada que se indica, pudiendo consecuentemente suspender las autorizaciones de uso del suelo, fraccionamiento, urbanización, construcción o demolición hasta la aprobación del instrumento definitivo de revisión del Plan Especial de Ordenamiento, Protección y Mejora de la Ciudad Vieja.-

  • Creación de la gerencia en Gestión de Espacios Públicos

          Por Res. IM Nº 1438/22 se sustituye la redacción del artóculo R.7 Del Volumen II del Digesto Departamental, debido a que se crea la Gerencia de Gestión de Espacios Públicos dependiente de la División Espacios Públicos y Edificaciones, la cual incorpora e integra a los funcionarios, funciones y estructura organzuiativa del Servicio de Áreas verdes y Sector Parques, los que dependerán en línea jerárquica de dicha Gerencia.

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