Por Res. IM Nº 3724/22 de fecha 12/8/22 se creó la Unidad de Equidad, Derechos y Territorios, dependiendo en línea directa de la Dirección General del Departamento de Planificación, por lo cual se procedió a sustituir el texto del art. R.12 y R.19.56 (con sus correspondientes cometidos) del Volumen II del Digesto Departamental.-
Novedades
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En virtud de la aprobación del Dto. JDM Nº 38.102 de 18 de agosto de 2022, y promulgado por la Res. IM Nº3643/22 de fecha 05 de setiembre de 2022, se resuelve modificar los arts. D. 776, D. 779, D. 781, D. 782, D. 785, D.787, D. 788, D. 790 y D. 790.1 del Volumen V del Digesto Departamental, referente al transporte de escolares.
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Por disposición de la Res. IM Nº 3634/22 de 5/9/22 se procedió a sustituir los artículos R. 12 y R. 19.57 numeral 10 ya que se estableció que la Unidad Policía Territorial pase a denominarse Unidad Control y Monitoreo Territorial, así como sus cometidos.-
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Por disposición del numeral 1 de la Res. IM Nº 3594/22 de 5/9/2022 se procedió a sustituir el artículo R.157 del Capítulo II "Del procedimiento para la ejecución de la sanción de suspensión", Título II "Del procedimiento disciplinario", Parte Reglamentaria, Libro II "Del procedimiento", Volumen II "Procedimiento. Competencia" del Digesto Departamental.-
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En virtud de que por Res.IM Nº 3642/22 de fecha 5/9/22 se estableció que de la Gerencia de Compras dependerá el Servicio de Compras, así como las Unidades que dependerán de dicho Servicio, se procedió a sustituir dicho aspecto en el artículo R.11 del Digesto Departamental.-
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Rubros salariales y no salariales restantes al momento del egreso por extinción de la relación funcional
En virtud de la aprobación de la Res. IM 3451/22 de fecha 29 de agosto de 2022 se sustituyó el texto del artículo A. 414.1 del TOBEFU, en lo que refiere las cantidades correspondientes a los restantes rubros salariales y no salariales, y la forma de abonarlos al momento del egreso por extinción de la relación funcional.
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Por aprobación del Dto. JDM Nº 38.100 de fecha 22.08.2022 y promulgado por la Res.IM Nº 3424/22 se aprueban las normas de ámbito de aplicación, definición, implementación, habitabilidad e higiene y gestión de permiso que serán aplicables en materia de Salas de Lactancia, las cuales se incorporaron en los arts. D. 3419.26 a D.03419.30 del Volumen XV del Digesto Departamental.
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Prórroga de la vigencia de habilitación y registro de productos otorgados por el Servicio de Regulación Alimentaria
Se incorporó una nota a la Sección II "Habilitación, registro y características de los alimentos. Disposiciones generales", Capítulo I "Disposiciones Bromatológicas", Título II, Parte Legislativa, del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" del Digesto Departamental, estableciendo que por aprobación de la Res.IM Nº2941/22 de fecha 22 de julio de 2022 se resuelve prorrogar la vigencia de la habilitación y registro de productos otorgados por el Servicio de Regulación Alimentaria por el término de 18 (dieciocho) meses, a partir del vencimiento del registro concedido.
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Modificación normativa respecto a las alturas, retiros y FOS de la zonificación terciaria Cerrito - Marconi - Joanicó
En virtud de la promulgación del Decreto Nº 38.084 de fecha 7 de julio de 2022 se sustituye el artículo D.223.210 del Volumen IV del Digesto Departamental respecto a las alturas, retiros y FOS de la zonificación terciaria Cerrito - Marconi - Joanicó.-
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Atendiendo a que por Res. IM Nº2815/22 de 11/07/22 las oficinas o Unidades de Gestión Presupuestal pasan a denominarse "Unidades de Apoyo y Gestión Presupuestal" se sustituye el texto de los artículos que así lo refieren, siendo estos los artículos R.3, R.5, R.6, R.7, R.7.1, R.8, R.9, R.10, R.11, R.12, R.12.1 del Volumen II del Digesto Departamental.-