Back to top

Digesto

D.2248.3

A partir del 21 de octubre de 2019 y conforme a lo establecido por el artículo 19 numeral 31 de la Ley 9.515, de 28 de octubre de 1935(*), tres de cada cuatro nombres de personas que se incorporen al Nomenclátor de Montevideo deberán ser de mujeres.

R.523.90

Vehículo sustituto. En caso de hurto, siniestro o rotura del vehículo comprobada ante la autoridad competente, que impidiera en forma temporal la utilización del vehículo habilitado en el sistema de TPE, se podrá utilizar otro vehículo que reúna la totalidad de requisitos estable

R.523.103

Esquema de asignación de Permisos:
Se establecen 2 categorías:
1) Listado 1: Mujeres sin distinción por su identidad de género
2) Listado 2: Hombres sin distinción por su identidad de género

R.523.102

Cantidad de viajes realizados: Para mantener la condición de permisario/a del TPE, se deberá estar activo en el sistema. Se considera activo/a al permisario/a que en un período de 30 días calendario haya realizado con el vehículo declarado un mínimo de 10 viajes.

R.523.101

Alta del registro e inicio de la prestación del servicio: Las personas adjudicatarias de los permisos contarán con un plazo de hasta 90 días corridos a partir de la fecha de notificación para reunir los siguientes requisitos:

Páginas

Suscribirse a Digesto