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Digesto

D.4460

Cada solicitante podrá ejecutar una única construcción al amparo de este Título, salvo las excepciones consideradas en el Artículo D.4461.

D.4107.26.1

El informe a que hace referencia el artículo D.4107.25 tendrá una validez de diez (10) años, desde que el mismo es suscripto por profesional interviniente.

D.4107.25.1

El informe a que hace referencia el artículo D.4107.25, se exigirá en los casos de obra nueva específica, en reciclaje de edificios con fin específico, así como en los casos de adecuación edilicia para fines concretos.

D.4107.6

Quedará asimismo prohibido, el alquiler por cama.

D.4098

En cada una de las habitaciones de los prostíbulos, se colocará:
A ) un bidé aporcelanado, de lluvia frontal de agua fría y caliente;
y B) un lavatorio aporcelanado, a noventa centímetros (metros 0.90) como mínimo, del nivel piso.

D.4082.40

Sólo se permite la venta al paso de comestibles y bebidas envasadas en aquellos quioscos que cuenten con las instalaciones reglamentarias, prohibiéndose cualquier tipo de elaboración.

D.4082.38

Queda prohibido en las expoferias la existencia de locales de depósito de mercadería de cualquier tipo.

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