Digesto
D.2268.8
Los vehículos tendrán las dimensiones máximas que establezca la reglamentación.
D.2268.7
La limpieza y desinfección de las instalaciones se realizará diariamente y a demanda, debiendo registrarse esas operaciones en una planilla a esos efectos y que estará a disposición de la inspección.
D.2268.6
Los titulares de móviles de preparación y servicio de alimentos deberán, además:
a) Presentar los procedimientos de higienización y sanitización que realizará el móvil luego de terminada la operación.
D.2268.5
Los móviles de preparación y servicio de alimentos deberán ajustarse en sus aspectos constructivos (paredes, pisos, techos, y demás instalaciones) a las condiciones higiénicas y de seguridad previstas en las normas aplicables a los servicios de alimentación con carácter general en lo que sea pert
D.2268.4
El Servicio de Regulación Alimentaria habilitará, de acuerdo al proyecto alimentario presentado en cada caso, los móviles de preparación, servicio y venta de alimentos para su funcionamiento en eventos privados y, con autorización expresa y específica físico-temporal, en el espacio público.
Páginas
