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Digesto

A.564

(Régimen de elección). La elección de los miembros de los Gobiernos Municipales se realizará conjuntamente con la elección del cargo de Intendente de Montevideo y Ediles y Edilas Departamentales.

A.563

(Régimen de suplencias de los Concejales Municipales). En caso de ausencia temporal o definitiva de uno de los concejales municipales le sustituirá en sus funciones el o la suplente que determine la hoja de votación correspondiente.

A.683

El aval del Concejo Municipal correspondiente, así como el cumplimiento de las demás obligaciones detalladas con anterioridad, son condición necesaria para el funcionamiento de cualquier escenario al amparo del régimen previsto en el presente decreto.

A.507

La Unidad Centralizada de Adquisiciones de Alimentos estará a cargo de un Director Ejecutivo, quien podrá contar con un Subdirector, ambos designados por el Poder Ejecutivo, los que representarán a dicha Unidad en carácter de titular y alterno respectivamente.

A.682

En caso de incumplimiento de lo estipulado precedentemente y sin perjuicio de las restantes medidas que se consideren pertinentes, los organizadores del Escenario Popular en cuestión no contarán con el apoyo financiero de la Intendencia Departamental de Montevideo en la programación de los espect

A.681

En cualquier momento la Intendencia Departamental de Montevideo y los Concejos Municipales por iniciativa propia, podrán auditar las actuaciones financieras de los Escenarios Populares.

A.350

Toda formación de centro poblado estará sujeta a los siguientes requisitos mínimos:

1. Derogado

A.680

El Concejo Municipal deberá controlar el fiel cumplimiento de la propuesta de uso del superávit financiero, haciendo el seguimiento correspondiente y dando conformidad.

A.679

El Balance debe contar con la aprobación del Concejo Municipal correspondiente y en un plazo no mayor a los 60 (sesenta) días de finalizado el Concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas, deberá enviarlo a la Gerencia de Eventos del Departamento de Cultura de la Intendencia Departamental de Mo

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