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Digesto

R.122

Si se tratara de denuncia oral, se labrará un acta que deberá contener, consignados del modo más claro y preciso posible:

R.121

Todos los empleados de la Intendencia, están obligados a recibir y dar curso a las denuncias que se les formulen sobre irregularidades en la Administración y a denunciar las que comprueben, en uno y otro caso, poniéndolas en conocimiento de sus superiores inmediatos, considerándose falta gr

R.120

Cuando se comprueben hurtos o cualquier otro hecho presuntamente delictivo en dependencias ubicadas en el Palacio de la Intendencia, el mismo deberá ponerse inmediatamente en conocimiento del respectivo Director de División, a efectos de la realización, sin dilación, de la correspondiente d

R.119.1

Siempre que ocurra o se denuncie alguna irregularidad que por su naturaleza requiera la formación de un sumario o investigación administrativa, las reparticiones y dependencias la pondrán de inmediato en conocimiento de la Superioridad, con informe circunstanciado a los efectos de que ést

R.119

La instrucción del sumario o investigación administrativa se realizará por la Unidad Sumarios de la División Asesoría Jurídica, excepto en los casos en que el Intendente la cometa a otra dependencia o funcionario determinado.

R.117

Cuando el Intendente disponga la instrucción de un sumario, establecerá en la misma resolución las medidas provisorias que corresponda sobre la situación del funcionario inculpado, determinando al respecto, según las circunstancias:

R.116

El sumario administrativo es el procedimiento tendiente a determinar o comprobar la responsabilidad de los funcionarios imputados de la comisión de falta administrativa, y a su esclarecimiento y a propiciar en su caso, la aplicación de las sanciones que corresponda.

R.115

(Investigación administrativa).

R.104.4.8

Los documentos remitidos deberán estar foliados, ordenados y sin duplicados; en caso contrario serán devueltos. Las dependencias remitentes serán las responsables de su traslado, coordinando con el Archivo de la Ciudad de Montevideo su remisión.

R.104.4.5

Son cometidos del Archivo de la Ciudad de Montevideo:

a) definir las directivas y criterios para la evaluación – selección – expurgo, organización, conservación y descripción de todos los documentos pertenecientes al patrimonio documental de la Intendencia,

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