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Digesto

D.4216.36

Ascensores eléctricos e hidráulicos con maquinaria fuera del hueco.

D.4216.35

Ascensores eléctricos con maquinaria dentro del hueco.

D.4216.34

Conductores, protecciones y otros.
Los contactores, conductores, la protección contra fallas eléctricas, los controles y los dispositivos eléctricos de seguridad deben cumplir la reglamentación correspondiente.

D.4216.32

Máquinas de ascensores hidráulicos.

A) Deben cumplir con la reglamentación correspondiente y el presente artículo.

B) En las máquinas de ascensores hidráulicos están permitidos los métodos de funcionamiento de acción directa y acción indirecta.

D.4216.31

Máquinas de ascensores eléctricos.

A) Las máquinas de los ascensores eléctricos sólo serán autorizadas si utilizan el modo de accionamiento por adherencia, empleando poleas y cables.

D.4216.30

Holguras.
Las holguras admitidas entre cabina, contrapeso y paredes del hueco deben cumplir las siguientes condiciones:

A) La distancia horizontal entre la pared del pasadizo y el umbral de cabina debe ser menor o igual a 12,5 cm.

D.4216.29

Dispositivos de seguridad de final de recorrido.

D.4216.28

Amortiguadores.

D.4216.26

Limitador de velocidad.

D.4216.25

Dispositivos de seguridad contra caída libre, descenso por velocidad excesiva y deslizamiento de cabina.

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