Digesto
A.609
Del Secretario: Funciones
a) Firmar conjuntamente con el Presidente todas las resoluciones adoptadas por el órgano, las actas y toda la correspondencia que éste emita.
A.547
La Corte Electoral entenderá en todo lo atinente a los actos y procedimientos referentes a las elecciones de los Municipios.
A.659
Serán competencias de los Municipios respecto al mantenimiento de los espacios públicos :
a) Realizar el mantenimiento de los espacios públicos de escala municipal, en su respectiva jurisdicción territorial.
A.546
Las listas de candidatos para los Municipios figurarán en hojas de votación separadas de las listas de candidatos para los cargos departamentales.
A.608
Del Vicepresidente: Funciones
Suplir en todas las funciones al Presidente en caso de ausencia de éste.
A.658
Serán competencias del Servicio de Áreas Verdes respecto al mantenimiento de los espacios públicos:
A.545
Los Gobiernos Departamentales deberán dar cumplimiento al procedimiento previsto en el artículo 2º de la presente ley(*), antes de los dieciocho meses previos a la siguiente elección departamental.
A.657
Definir las competencias departamental y municipal, sobre las áreas verdes y los espacios públicos .
A.607
Del Presidente: Funciones
a) La observancia del presente Reglamento.
b) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones que se aprobaren en el Plenario.
