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Digesto

D.811

El vehículo al cual está afectado el permiso debe ser propiedad o copropiedad del respectivo permisario, admitiéndose la excepción de aquellos cuyo uso fue conferido al permisario según contrato de uso (leasing) pactado en instrumento público o privado con firma

R.424.18

El examen práctico para la licencia G1 se rendirá con ciclomotor de hasta cincuenta centímetros cúbicos de cilindrada y sin mecanismos que modifiquen las relaciones de marcha.

D.596

Los peatones que hagan uso de la calzada tienen obligación de situarse rápidamente en las aceras, refugios o bordes de calzada cuando se oiga las señales de vehículos autorizados de emergencia.

D.595

Ningún peatón podrá estar en la calzada con el fin de solicitar transporte o de interpelar a sus conductores.

R.424.211

Nota: Por Res.IMM No. 5014/03 de 1º/12/2003 se sustituyó todo el Capítulo I del Título XII quedando vacíos los artículos R. 424.202 a R. 424.216.

R.424.153

El Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas podrá realizar en cualquier momento inspecciones en la fábrica o los comercios para comprobar si los cascos protectores que se construyen o venden se ajustan al modelo aprobado por la Intendencia de Montevideo.

D.583.1

La Intendencia Municipal podrá aceptar la transferencia de la titularidad de un vehículo automotor a solicitud del vendedor o del promitente vendedor, liberando a éstos de su carácter de sujetos pasivos del tributo de Patente de Rodados mediante la presentación de doc

R.424.18.3

Aquellos que se presenten vencido el plazo que se establece en el artículo precedente, deberán cumplir con los exámenes médicos pertinentes y aprobar nuevamente las pruebas teórico-prácticas correspondientes a la categoría respectiva.

R.523.44

Del personal. Cada unidad deberá contar como mínimo con un chofer y un guía. Este último podrá sustituirse con información por medios electrónicos.

D.630

Al acercarse un vehículo autorizado de emergencia, que esté haciendo uso de las señales reglamentarias, el conductor de cualquier otro vehículo deberá ceder el derecho de paso, y se ubicará inmediatamente lo más cerca posible al borde derecho de la calzada, fuer

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