La avena laminada debe cumplir las siguientes exigencias:
Humedad máx. 13%
Fibra máx. 2.7%
Digesto
D.1737.46
D.1737.44
Queda prohibida la comercialización para consumo humano de:
a) arrocín, puntas de arroz y afrechillo o cáscara de arroz, así como su tenencia en las fábricas de alimentos para uso humano, a excepción de los molinos productores;
D.1737.43
Además de cumplir con los requisitos generales de rotulación, en el rótulo de cualquier tipo de arroz destinado al consumidor final deberá consignarse la siguiente información:
a) nombre del producto;
b) subgrupo;
c) tipo;
d) grado al que pertenece.
D.1737.42
El arroz fuera de norma podrá ser:
a) comercializado como tal, siempre que se encuentre perfectamente identificado y con la identificación colocada en un lugar de destaque, de fácil visualización y de difícil remoció;n
D.1737.41
Se clasifica como arroz fuera de norma el arroz elaborado y los fragmentos de granos de arroz que no atiendan las exigencias contenidas en los artículos precedentes.
D.1737.40
Se aplica al arroz brilloso, glucosado, aceitado y otros resultantes de procesos análogos los mismos límites máximos de tolerancia de defectos/grado, especificados para el arroz pulido.
D.1737.3
Arroz cáscara, paddy o natural. Es el producto fisiológicamente desarrollado, madura, que conserva las glumelas (cáscara) luego de cosechado.
D.1737.38
Los límites de tolerancia admitidos para cada defecto general en el arroz pulido integral, considerado aisladamente son:
Manchados y picados máx. 12%
D.1737.34
Los límites de tolerancia admitidos para cada defecto general en el arroz integral, considerado aisladamente son:
D.1737.33
El arroz parboiled se clasifica en los siguientes grados, de acuerdo al límite máximo de tolerancia de defectos/grado, expresado en porcentaje en peso.
