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Digesto Departamental
De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
De los espacios públicos y de acceso al público
Reglamentaria
De las reuniones públicas
Del paseo Plaza Zabala

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Nota:

Por Res.IM Nº 2882/20 de fecha 12 de agosto de 2020 se aprueba un nuevo protocolo para el uso responsable de espacios públicos.

Por Res.IM Nº 2180/20 de fecha 8 de junio de 2020, se aprobó el protocolo para el reinicio de actividades del sector audiovisual vinculado a rodajes en espacios públicos de nuestra cuidad.

Por Res.IM Nº3698/21 de fecha 04 de octubre de 2021, se deja sin efecto la resolución Nº2882/20 de fecha 12 de junio de 2020 que aprobò el Protocolo para el uso responsable de los espacios públicos vigente durante la emergencia sanitaria por el Covid 19.


Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Reglamentaria
Título I
De las reuniones públicas
Capítulo III
Del paseo Plaza Zabala

El Paseo Plaza Zabala funcionará en el espacio público que lleva ese nombre los días sábado en el horario de 9:00 a 18:00 horas.

FuenteObservaciones
num. 1
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Se podrán exhibir y comerciar únicamente los artículos que estén comprendidos dentro de los siguientes rubros: Antigüedades, libros antigüos y de colección, especializados. Artes Plásticas (grabados, pinturas, dibujos, etc.). Fotografía artística, numismática, filatelia y otras colecciones vinculadas al tema de que expone la Plaza Zabala.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

El Departamento de Cultura, a través de la División Promoción y Acción Cultural, deberá llevar un registro de todos los expositores que participen en esta muestra, debiéndose dejar constancia de:
a) el número de Resolución del Intendente por la cual se le otorgó el permiso;
b) datos personales del permisario;
c) el rubro debidamente autorizado;
d) el número de stand que le fuera adjudicado.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

Llamado a interesados. La Intendencia de Montevideo, a través del Departamento de Cultura, deberá efectuar un llamado a interesados, en 2 (dos) diarios de la Capital, indicando:
a) motivo del llamado;
b) calidad que deberán acreditar los interesados en particular de la muestra;
c) espacios disponibles, perfectamente demarcados;
d) plazo de presentación.

FuenteObservaciones
num. 1
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Requisitos que deberán llenar los interesados. Los interesados deberán presentarse por escrito especificando en forma clara:
a) el rubro dentro del cual desarrollarán su actividad;
b) lugar y hora dentro de las cuales las autoridades competentes en esta materia (Comisión Especial del Paseo Plaza Zabala) podrán inspeccionar los artículos que se proponen para la muestra;
c) constituir domicilio en esta ciudad.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

Calidad que deberán acreditar los interesados. El nivel de calidad de los artículos que se ofrecerán a la venta y que determinará la admisión del expositor en la muestra, será evaluado por la Comisión Especial del Paseo Plaza Zabala, a que hace referencia el artículo R. 1171.13. La Resolución de dicha Comisión que deniegue la instalación, será directamente recurrible ante el Intendente.

FuenteObservaciones
num. 1
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Plazo de presentación de los interesados. A partir de la publicación del llamado a interesados; éstos dispondrán de un plazo de 10 (diez) días para registrar su inscripción, vencido el cual se procederá al cierre definitivo de las inscripciones.-

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

Comisión Especial del Paseo Plaza Zabala. Habrá una Comisión Especial del Paseo Plaza Zabala la que estará integrada de la siguiente manera: 3 (tres) representantes designados por la Intendencia de Montevideo y un representante elegido por los expositores. Este último durará un año en sus funciones y será renovado en el mes de enero de cada año, pudiendo ser reelecto.

FuenteObservaciones
num. 1
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La Presidencia de esta Comisión será ejercida en forma rotativa por cada uno de los integrantes designados por la Intendencia de Montevideo, durando un año en el ejercicio de sus funciones. Las resoluciones se adoptarán, en todos los casos, por mayoría simple de presentes salvo en caso de igualdad, en el cual el Presidente tendrá doble voto.
La Intendencia y los expositores designarán una lista preferencial de 2 (dos) suplentes a los efectos de cubrir las vacantes que se puedan producir.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

Cometidos de la Comisión Especial. Serán cometidos de la Comisión Especial del Paseo Plaza Zabala:
a) Evaluar el nivel de calidad y la correspondencia con los rubros permitidos por este Capítulo de los artículos a exponerse en la muestra, informando por escrito al respecto;
b) determinar la variedad y número mínimo de artículos a exponerse por cada permisario, teniendo en cuenta el rubro de que se trate;
c) determinar las condiciones materiales y estéticas que deben de reunir los stands y supervisar al respecto de las mismas por parte de los permisarios;
d) supervisar la instalación de los stands;
e) elevar a la División Promoción y Acción Cultural las inquietudes que los permisarios o quienes acrediten las condiciones exigidas en este Capítulo presenten y se relacionen con una mejor planificación, ordenamiento y definición de la exposición;
f) atender los reclamos de los expositores, informando los mismos y elevando a la jerarquía éstos antecedentes;
g) informar sobre todas las solicitudes de cambio de rubro;
h) informar de las solicitudes de renovación de los permisos;
i) realizar el control de las vacantes producidas e informar mensualmente al respecto a la División Promoción y Acción Cultural;
j) controlar las asistencias de los permisarios y el horario establecido, llevando un libro diario al efecto, informando de las solicitudes de licencias ordinarias y extraordinarias;
k) denunciar al Servicio correspondiente la falta de higiene observada en la muestra, siendo ésta una de las causales de revocación del permiso al usuario al que se le pruebe este acto;
l) informar por escrito a la División Promoción y Acción Cultural respecto de cualquier transgresión por parte de los permisarios a las disposiciones del presente Capítulo.

FuenteObservaciones
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Adjudicación de los permisos. La Comisión Especial dispondrá de un plazo de hasta 10 (diez) días para la inspección y selección de los expositores, contados a partir del cierre de las inscripciones a que hace referencia en el artículo R. 1171.12 del presente Capítulo.

FuenteObservaciones
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Asignación de los stands. La Comisión Especial distribuirá el total de los stands a sortearse, en distintas zonas de acuerdo a los rubros a exhibirse.

FuenteObservaciones
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La Intendencia se reservará el uso de 2 (dos) stands de tres metros de longitud y otros 2 (dos) de seis metros de longitud, a los efectos de difundir sus actividades culturales o la de otras instituciones invitadas. La Comisión Especial coordinará con ellas el programa a desarrollar en dichos stands. La ubicación de dichos stands será previamente determinada por la Comisión Especial y los mismos no serán incluidos en el sorteo a que hace referencia el artículo R. 1171.19 del presente Capítulo.

FuenteObservaciones
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La ubicación del stands correspondiente a cada uno de los expositores admitidos será determinada en acto público, por sorteo fiscalizado por un escribano designado por el Servicio de Escribanía de la Intendencia de Montevideo, debiéndose hacer saber a los interesados, el día y la fecha, mediante comunicación realizada por medio de telegrama colacionado, labrándose en ese momento, acta circunstanciada del mismo. El sorteo se realizará en un plazo no mayor de 5 (cinco) días contados a partir del pronunciamiento de la Comisión Especial a que hace referencia el artículo R.1171.10 del presente Capítulo. Los participantes deberán hacerse presentes en el acto del sorteo portando cédula de identidad, certificado de buena conducta expedido por la Jefatura de Policía de Montevideo y constancia de domicilio. Cuando se trate de firmas comerciales deberá acompañarse carta de poder debidamente certificada por la cual se establezca la autorización al compareciente, para asistir a dicho acto.
Tratándose de menores casados, habilitados de edad y/o emancipados deberán éstos presentar toda la documentación que acredite esa condición, extendida por la autoridad pública competente.

FuenteObservaciones
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num. 1

Toda vez que queden vacantes más de 5 (cinco) stands, la Intendencia efectuará un llamado a interesados mediante publicación en 2 (dos) diarios de la Capital. La adjudicación del espacio se efectuará en la forma indicada en este Capítulo.

FuenteObservaciones
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num. 1

Los permisarios podrán solicitar cambio de ubicación de sus stands toda vez que existan lugares libres y entiendan beneficioso su traslado.
Estos traslados serán autorizados por la División Promoción y Acción Cultural, previo informe escrito de la Comisión Especial.

FuenteObservaciones
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num. 1

Los permisos deberán ser retirados en el término de 5 (cinco) días contados desde la adjudicación a que hace referencia el artículo R. 1171.19, en caso de no hacerlo caducarán de pleno derecho.

FuenteObservaciones
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num. 1

El permiso tendrá, en todo momento el carácter de personal, precario y revocable y caducará indefectiblemente al año a contar de la fecha de su otorgamiento, pudiendo ser renovado previo dictamen escrito de la Comisión Especial del Paseo de Plaza Zabala.

FuenteObservaciones
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num. 1

El permiso será revocado en los siguientes casos:
a) inasistencias injustificadas, de acuerdo a lo que establece el artículo R. 1171.29;
b) la reiterada comprobación de falta de higiene en el stand;
c) transgresión en forma reiterada al presente Capítulo;
d) el no pago en tiempo y forma de los derechos que correspondan;
e) en cualquier otra causa que la Intendencia de Montevideo entienda justificativa de la revocación.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

Serán causa de extinción del permiso:
a) renuncia voluntaria;
b) fallecimiento (derecho de herederos o cónyuge);
c) incapacidad mental del adjudicatario.

FuenteObservaciones
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Los expositores dispondrán de un plazo de 8 (ocho) días para instalarse, contados a partir del día siguiente a la notificación del otorgamiento del permiso al que refiere el artículo R. 1171.19. Cumplido el mismo se computarán las inasistencias, salvo que justifique fehacientemente que la demora se debió a causas de fuerza mayor.

FuenteObservaciones
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Obligaciones de los permisarios:
A) Los stands deberán ser confeccionados por los propios expositores, debiéndose ajustar a las condiciones que a tales efectos establecerá la Comisión Especial del Paseo Plaza Zabala, la que los aprobará en forma previa a su instalación. En todo caso dichos stands deberán tener las dimensiones siguientes: largo seis mts. máximo, mínimo tres mts., ancho un metro veinte.
B) Los frentes de los stands del Paseo Plaza Zabala deberán guardar una misma alineación y su altura deberá ser igual en todos los casos. La Comisión Especial deberá supervisar la instalación de todos los stands.
C) Todo permisario deberá trabajar con su comprobante de habilitación a la vista.
D) El titular, deberá estar presente en su stands, durante el horario de la exposición. Si el titular del permiso fuera una firma comercial, ésta deberá comunicar a la División Promoción y Acción Cultural, por intermedio de la Comisión Especial, la o las personas autorizadas para estar al frente del stand quienes no podrán ser sustituídos, sin mediar nueva comunicación que así lo indique.
E) No se permitirá en los diferentes stands la presencia de menores de 18 (dieciocho) años de edad ni de personas no habilitadas.
F) Cada permisario podrá solicitar el cambio de rubro a la División Promoción y Acción Cultural, la que resolverá previo el dictamen escrito de la Comisión Especial del Paseo Plaza Zabala.

FuenteObservaciones
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El Paseo Plaza Zabala contará con un libro de asistencias que deberá ser firmado por los permisarios. Se podrá firmar hasta una hora después del horario de iniciación establecido. Sobrepasado dicho límite de tolerancia el permisario será considerado ausente y no podrá firmar el libro de asistencia. Este libro será entregado a las 9:00 y retirado a las 10:30 del mismo día por un funcionario designado por la Comisión Especial.

FuenteObservaciones
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num. 1

Las inasistencias injustificadas, 4 (cuatro) faltas consecutivas u 8 (ocho) alternadas en el término de 1 (un) año , serán causal de revocación del permiso o de no renovación del mismo. No se computarán faltas las que ocurran el día de lluvia, si ésta comienza antes de la hora 10:30.

FuenteObservaciones
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num. 1

Cada permisario tendrá derecho a una licencia ordinaria de 3 (tres) jornadas anuales. La misma deberá ser previamente autorizada por la Comisión Especial.

FuenteObservaciones
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num. 1

Cada permisario tendrá derecho a una licencia extraordinaria que no podrá exceder de 4 (cuatro) jornadas de feria anuales, con expresión de causa.
La misma será previamente autorizada por la Comisión Especial.

FuenteObservaciones
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La fiscalización y vigilancia del Paseo Plaza Zabala estará a cargo de la División Promoción y Acción Cultural.

FuenteObservaciones
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Los permisarios están obligados a permitir en todo momento la intervención de los funcionarios de las distintas dependencias de la Intendencia para el estricto contralor en el cumplimiento de las disposiciones vigentes.

FuenteObservaciones
num. 1
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Queda terminantemente prohibido a los funcionarios de la Intendencia que desempeñan funciones en el Paseo  Plaza Zabala realizar adquisiciones a los expositores que operen en él.

FuenteObservaciones
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