PLACAS DE DEMOSTRACIÓN. Las casas de venta de vehículos usados podrán obtener placas que llevarán inscrita la palabra “ Demostración” y el número de orden, que se destinarán a efectuar las pruebas necesarias para la venta de unidades
Digesto
D.570
Cuando falleciere el propietario de algún vehículo, los presuntos herederos están obligados a comunicar a la División Tránsito y Transporte, dentro de los treinta días subsiguientes, el nombre y el domicilio de la persona que se hará cargo del vehículo, quien p
D.569
Duplicados de libretas de circulación. En caso de pérdida de la libreta de circulación del vehículo la División Tránsito y Transporte podrá conceder el respectivo duplicado, mediante la presentación por el interesado de la solicitud pertinente,
D.568
Será negada la inscripción del vehículo siempre que, a juicio de la División Tránsito y Transporte, sea dudosa la procedencia del mismo, deficiente la documentación presentada por el interesado o no se cumpla con las exigencias de la Reglamentación.
D.567
No se autorizará el tránsito de vehículos en los cuales el peso de estos y de la carga produzca una presión sobre el pavimento superior a 120 (ciento veinte) kilogramos por centímetro de ancho de la banda de rodado de la cubierta.
D.564
Aceptada por la División Tránsito y Transporte la gestión para inscribir los vehículos, se procederá a la inscripción del mismo; una vez verificado el pago de los tributos correspondientes, se expedirá la libreta de circulación y las placas de matrícula.
D.561
Cuando se trate de vehículos recibidos por sus propietarios directamente del extranjero, para ser usados por ellos mismos, deberá acompañarse a la gestión de inscripción, una copia autorizada del despacho de Aduana, en la que conste: el nombre del consignatario
D.559
Inscripción – Excepciones – Caducidad.
D.558
La inclusión en el registro a que se refiere el artículo anterior será por el término que se fije en cada caso.
D.557
La División Tránsito y Transporte inscribirá en un registro especial denominado "Registro Condicional" los conductores que por sus antecedentes convengan desde el punto de vista del interés público, permitirles guiar vehículos solo en forma condicional.
