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Digesto

R.935.12

Las señales indicadas anteriormente llevarán todas las inscripciones previstas en el artículo R.935.4.

R.913

La construcción de las veredas en la acera suroeste de la avenida Dr. Luis Alberto de Herrera en el tramo comprendido entre las calles Armonía y Asilo, se ajustará a las siguientes condiciones:

D.2241.23

El costo total de la construcción de las canalizaciones especiales será de cargo de los interesados, incluyendo obra, Impuesto al Valor Agregado y el aporte por las cargas sociales generadas por los jornales que se empleen en su ejecución.

R.928

En la calle San Quintín en toda su extensión, las veredas se construirán con un ancho de tres metros (3m00).

D.2241.14.4

El interesado en construir una alcantarilla podrá previamente solicitar asesoramiento técnico a la Intendencia de Montevideo.

D.2223.1

Las empresas que realicen obras en la vía pública deberán remitir un parte diario a la Intendencia durante todo el transcurso de las mismas hasta el momento en que se reciba la comunicación de finalización de la obra, especificando la etapa en que se encuentran los trabajos, incluyendo todo

D.2236.3

Los señalamientos se mantendrán aún cuando las zanjas se hayan cubierto, hasta que se haya restablecido la circulación en el pavimento.

R.935

En las calzadas se colocarán barreras que cubran todo el desarrollo de zanjas, cortes de pavimento, hundimientos, reparaciones y repavimentaciones, delante de éstos y durante el período que se encuentren abiertos.

R.948

El derecho mensual de ocupación del predio de la Intendencia, de acuerdo con el permiso concedido, será el cinco por mil del monto total de cada certificado mensual de las obras contratadas y sus ampliaciones y se descontará del monto de dichos certificados.

D.2241.18

Los colectores provisorios no están sujetos al pago de derechos por ocupación del subsuelo departamental.

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