Mendoza.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidos en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso del suelo.
Digesto
D.223.290.14
D.223.290.15
Este de Manga.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidos en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso del suelo.
D.223.290.9
Condiciones de ocupación.
Respecto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidos en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso del suelo.
D.223.290.11
Entorno de Luis Batlle Berres.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidos en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso del suelo.
D.223.290.12
Melilla.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidos en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso del suelo.
D.223.290.6
Estructuradores. Se definen como tales las principales vías de trascendencia local o departamental estructuradoras del territorio, que conectan las distintas áreas caracterizadas del Suelo Rural entre sí o a éstas con las de Suelo Urbano y/o Suelo Suburbano o Potencialmente Urbanizable.
D.223.290.8
Centralidades. Se definen como Centralidades Rurales las unidades territoriales, ubicadas en la intersección de caminos, que materializan identidades locales concentrando diversos equipamientos y servicios de alcance local.
D.223.290.7
Estructuradores Diferenciados. Se definen como estructuradores diferenciados en Suelo Rural, para los cuales rigen los parámetros establecidos en la cartografía correspondiente, los siguientes:
- Avenida Luis Batlle Berres.
- Avenida César Mayo Gutiérrez.
D.223.290.5
Área de Usos Mixtos.
D.223.290.4
Área de la Costa Oeste. El Plan establece como objetivo básico la preservación de los valores paisajísticos y escénicos, manteniendo como tales las áreas para el uso agrícola, determinando las siguientes directrices:
Páginas
