Modificación. Cualquier otra alteración del Plan de Ordenamiento Territorial, durante su vigencia, que en general no alcance a la globalidad del mismo por no afectar, salvo de modo puntual y aislado, a la estructura general y orgánica del territorio o a la clasificación del suelo
Digesto
D.223.402
Fabricación y depósito de explosivos.
D.223.353
Edificios destinados a Hoteles, Hosterías, Moteles, Apart-Hotel, Hoteles Condominio.
Deberán cumplir con la categorización vigente establecida por el Poder Ejecutivo.
D.223.368
El Estudio de Impacto Territorial deberá referirse a los efectos potencialmente resultantes de una propuesta (proyectos, planes, programas o acciones normativas) con relación a los componentes físico-químicos, bióticos, socioeconómicos y urbanísticos del entorno, y deberá encuadrarse dentro del P
D.223.382
Temporalidad. Los usos o actividades, según el tiempo de su permanencia, duración o condiciones de implantación se clasifican en:
D.223.352
Edificios destinados a supermercados, centros comerciales.
Se exige un sitio cada 30 metros cuadrados de área útil.
D.223.335
Hornos de ladrillo de producción artesanal.
D.223.341.2
Área de influencia.
La zona de influencia de un supermercado quedará definida por un área circular cuyo radio se toma desde el centro geométrico del área construida del establecimiento.
D.223.330
Ocupación de la Zona de Ensanche.
D.223.301.15
La Colorada.
Condiciones de ocupación.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidas en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso preferente: El agrario.
