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Digesto

R.113

Cuando el contribuyente presentare recurso contra la resolución que le impone una multa, el Servicio de origen comunicará a la Unidad Multas la interposición del mismo, así como la resolución que al respecto adopte la Administración.

R.112

Cuando el Servicio Gestión de Contribuyentes haga efectivo el cobro de la multa correspondiente, lo comunicará al Servicio que la impuso, a efectos de que éste adjunte al expediente la constancia de pago .

R.109

Las resoluciones que impongan multas, debidamente notificadas a los infractores y una vez firmes, serán comunicadas -acompañadas del testimonio correspondiente- bajo la responsabilidad del jerarca que las aplique, a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, dejando constancia en

R.108

Cuando las dependencias de esta Intendencia y la de los Gobiernos Municipales con funciones de fiscalización, constaten en forma flagrante una infracción a las normas departamentales, harán saber por escrito al infractor que ha incurrido en una conducta pasible de sanción.

R.107

Cómputo de los plazos de las peticiones.

R.106

Derecho de Petición (artículo 318 de la Constitución de la República).

R.105

Prórroga de los plazos.
Los plazos exclusivamente reglamentarios, esto es, que no fueren impuestos por una norma constitucional o legal, la Administración podrá prorrogarlos a petición de las personas interesadas, siempre que ello no perjudique derechos de terceros.

R.104.7

En caso de que fuera necesario que alguna documentación de la alcanzada por el
artículo anterior, permaneciera más tiempo en los archivos, a causa de su
importancia, o para seguridad de esta Administración Municipal, deberá

R.104.6

Exceptúase de lo dispuesto en el Art.R.104, a la documentación respaldante de
los pagos de facturas de tributos y tarifas municipales (talonarios), así como
a la emitida por el Servicio de Tesorería no referida a egresos, la que podrá

R.104.4

Exceptúase de lo dispuesto en el Art. R.104, a la documentación para la cual la normativa nacional estableciere otro plazo de conservación.

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