Las barreras se construirán con tabla o chapa de hierro galvanizado en perfecto estado, bien unidas entre sí y que impidan totalmente la caída de materiales hacia el exterior.
Digesto
D.3210
Casos especiales. La Intendencia, frente a casos de carácter especial no previstos en los anteriores artículos, podrá admitir las soluciones que mejor respondan a los propósitos por ellos perseguidos.
D.3208
Terrenos que no se consideren edificados. No se considerarán edificados los terrenos cuyas construcciones sólo estén constituidas por casillas destinadas a depósitos, o de tipo muy económico o rural.
D.3201
Tipo de cerramiento para la Tercera Zona. Para los predios ubicados en la tercera zona, regirán las disposiciones siguientes:
D.3200
Tipos de cerramiento para la Segunda Zona. Para los predios ubicados en la segunda zona, regirán las siguientes disposiciones:
D.3199
Tipos de cerramientos para la Primera Zona. Para los predios ubicados dentro de la primera zona regirán las disposiciones siguientes:
D.3198
Zonas en que se divide el Departamento para la adopción del tipo de cerco. Se establecen en el Departamento tres zonas cuyos límites son los que a continuación se indican:
D.3197
Cerramiento de predios en cuyo interior existan construcciones o depósitos. En predios en cuyo interior existan construcciones o depósitos de materiales que presenten aspecto poco decoroso, la Intendencia, podrá obligar a la construcción de un cerco de material apropiado y capaz
D.3196
Salientes admisibles. El cerramiento en sus elementos complementarios constructivos y decorativos, así como las plantaciones que existieren en los predios hacia el interior de la alineación, se ajustarán a lo previsto en el Cap. VI.
