Pasta o puré azucarado. Es el dulce de consistencia semisólida obtenido por cocción y concentración de pulpas de frutas u hortalizas, adicionadas de azúcar u otro edulcorante nutritivo.
Digesto
D.1747.52
Dulce mezcla de... Son los dulces resultantes de la mezcla de como máximo dos frutas u hortalizas.
D.1747.51
Dulce de corte o dulce. Es el dulce de consistencia firme al corte, obtenido por cocción y concentración de pulpas tamizadas de frutas u hortalizas, adicionadas de azúcares.
D.1747.50
Jalea. Es el dulce de consistencia semisólida y de aspecto traslúcido, obtenido por concentración de jugos o de extractos acuosos filtrados de frutas u hortalizas, a los cuales se le incorpora azúcar u otro edulcorante nutritivo.
D.1747.49
Mermeladas. Es el dulce de consistencia pastosa, obtenido por cocción y concentración de frutas u hortalizas, en trozos o bajo la forma de pulpa, adicionadas de azúcar u otro edulcorante nutritivo.
D.1747.48
Se incluye bajo la denominación genérica de dulces los siguientes productos: mermeladas, jaleas, dulces de corte o en almíbar, pastas o purés azucarados y vegetales confitados.
D.1747.47
Dulces. Genéricamente son los productos elaborados por cocción de frutas, hortalizas o tubérculos, enteros, picados, en pulpa o jugos, con edulcorantes nutritivos naturales en las cantidades estipuladas en cada caso y de los aditivos que se establecen en la lista positi
D.1747.46
Cualquiera de los tipos de turrones pueden ser recubiertos por obleas, siempre que la cantidad de turrón no sea inferior al 70% m/m.
D.1747.45
Se prohibe denominar turrón alicante o jijona a los turrones que no se hayan elaborado en estas regiones de España.
D.1747.44
Los turrones deben presentar las siguientes características:
Azúcares totales expresada en azúcar invertido; máx. 55% m/m
Semillas; mín. 30% m/m
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