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A.143.5

Facultar a la Intendencia de Montevideo a establecer un régimen de desempeño en dedicación exclusiva para los funcionarios que se desempeñen en cargos y funciones correspondientes al Escalafón Profesional y Científico, en todas las dependencias vinculadas a los procedimientos correspondientes a l

A.152.5.2

Para la incorporación al régimen de sexto día de labor y su correspondiente

compensación, los Departamentos de la Intendencia de Montevideo y los Municipios deberán realizar la solicitud al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, a través del Servicio

A.152.5.1

Estarán comprendidos en el régimen de sexto día de labor, las dependencias de la Intendencia de Montevideo y los Municipios, y los escalafones funcionales autorizados por Resolución de el/la Intendente/a, en las condiciones que expresamente se establezcan.

A.211.19.3

Los/as funcionarios/as de la División Información y Comunicación desarrollarán un sistema de guardias cuyas tareas consistirán en atender las necesidades de servicio en materia de comunicación, información, difusión y actividades conexas, que genere la actividad de la Intendencia de Montevideo lo

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