El beneficio exoneratorio resultante del sorteo de referencia alcanzará a los eventuales complementos que, por los conceptos comprendidos, deban abonarse en el año 2003.
Totid
A.448.4
Además del requisito de estar al día en el pago de los tributos o tarifa en los términos establecidos en el precedente Artículo, y de tratarse de personas físicas, los beneficiados deberán reunir las siguientes condiciones:
A.448.3
Tendrán derecho a participar de la primera promoción, correspondiente al año 2003, los contribuyentes personas físicas que al 31 de diciembre de 2002 se encuentren al día en el pago de los tributos o de la tarifa mencionados en los artículos precedentes.
A.448
(Bonificaciones para buenos pagadores).
A.447
(Edificios construidos al amparo de las leyes Nº 10.751, 14.261, 16.760 y 18.795). Facultar a la Intendencia de Montevideo para que, en los casos de edificios construidos al amparo de las Leyes Nos.
A.446.9
Autorizar a esta Comuna a bonificar a quienes adelanten el pago de cuotas de facilidades por retroactividad del impuesto de Contribución Inmobiliaria y demás tributos de cobro conjunto con éste, con un 2% acumulativo lineal por cada cuota adelantada, a partir de tres cuotas, con un máximo d
A.446.8
(Percepción de deudas por retroactividad. Contribución Inmobiliaria y demás tributos de cobro conjunto.
A.446.6
La retroactividad se cobrará en cuotas cuatrimestrales indexadas en el mismo porcentaje y momento que el tributo original, de forma de que por cada dos cuotas cuatrimestrales de años anteriores que hubiese correspondido emitir se otorgará una cuota de facilidades de pago.
A.446.5
Facúltase a la Intendencia de Montevideo, a percibir las deudas por retroactividad referidas al impuesto de Contribución Inmobiliaria y demás tributos de cobro conjunto con ésta, generadas a partir de reliquidaciones efectuadas por incorporación al régimen de Propiedad Horizontal de los
A.446.2
(Edificios construidos al amparo de las Leyes 10.751 y 14.261. Contribución Inmobiiaria). Facúltase a la Intendencia de Montevideo, a que, en los casos de edificios construidos al amparo de las Leyes Nros.
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