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Totid
A.344
Autorízase a la Intendencia a facturar y cobrar la Tasa Bromatológica conjuntamente con la Tasa General y los Adicionales Mercantil e Higiene Ambiental, discriminando en la factura los rubros respectivos.
A.343
(Plazos de pago de los contribuyentes de la Tasa Bromatológica). Modifícase el Artículo 3º del Decreto Nº 21.963 el que quedará redactado de la siguiente manera:
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