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A.473

Los Organismos a los que pertenezcan los inmuebles citados en el artículo anterior deberán presentar ante la Intendencia de Montevideo, certificado notarial acreditante de la propiedad del bien, así como de que los mismos estén destinados a Bibliotecas y Museos.

A.446.7

Autorízase a la Intendencia de Montevideo, a bonificar a quienes adelanten el pago de cuotas de facilidades por retroactividad del impuesto de Contribución Inmobiliaria y demás tributos de cobro conjunto con ésta, con un 2% acumulativo lineal por cada cuota adelantada, a partir de tres cuot

A.444

(Contribución Inmobiliaria Rural).

A.431.1

(Parques Industriales y Tecnológicos Departamental.

A.418

(Funcionarios diplomáticos, consulares y administrativos argentinos). Facúltese a la Intendencia de Montevideo para exonerar, a los funcionarios diplomáticos, consulares y administrativos argentinos acreditados en el Uruguay, de los pagos relacionados con el empadronamiento de su

A.18.2

(Competencia del Tribunal).

A.403.3

(Exhibición de recaudos. Patente de Rodados).

A.403.1.1

La Intendencia Municipal podrá aceptar la transferencia de la titularidad de un vehículo automotor a solicitud del vendedor o del promitente vendedor, liberando a éstos de su carácter de sujetos pasivos del tributo de Patente de Rodados, mediante la presentación de documentos públicos o privados

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