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A.418

(Funcionarios diplomáticos, consulares y administrativos argentinos). Facúltese a la Intendencia de Montevideo para exonerar, a los funcionarios diplomáticos, consulares y administrativos argentinos acreditados en el Uruguay, de los pagos relacionados con el empadronamiento de su

A.18.2

(Competencia del Tribunal).

A.403.3

(Exhibición de recaudos. Patente de Rodados).

A.403.1.1

La Intendencia Municipal podrá aceptar la transferencia de la titularidad de un vehículo automotor a solicitud del vendedor o del promitente vendedor, liberando a éstos de su carácter de sujetos pasivos del tributo de Patente de Rodados, mediante la presentación de documentos públicos o privados

A.84

(Poder Judicial, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Tribunal de Cuentas, Instituto del Niño y Adolescente Uruguayo (INAU). El Poder Judicial, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, el Tribunal de Cuentas y el Instituto del Niño y Adolescente Uruguayo (INAU) estarán

A.350.1.1

Agrégase al art. 54 del Decreto Departamental Nº 29.434 de 10 de mayo de 2001, el siguiente inciso:

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