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A.176

Por cada una de las transferencias de los permisos de taxímetro habilitados por las diversas disposiciones en vigencia, se abonará NUEVOS PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL (N$ 4:800.000) a excepción de aquellos que estuvieren comprendidos en lo dispuesto por los artículos Nº 79 del

A.175

Por cada una de las sucesivas transferencias de todos los permisos de Taxímetros a que se refieren los artículos anteriores, deberá abonarse la cantidad de un mil pesos ($ 1.000).

A.174

(Tasa por transferencia de permisos de taxímetros). Los permisarios que hubieren obtenido habilitación de Taxímetros de acuerdo a lo determinado por el art.5º del Decreto Nº 5.786 podrán adquirir el der

A.115

(Piscinas públicas). Las piscinas públicas deberán solicitar además un permiso de habilitación ante los Servicios de Salubridad, el que lo expedirá luego de examinar las condiciones de funcionamiento y el estudio de la calidad del agua, hecho por intermedio de los Servicios

A.618

(FERIAS ALIMENTARIAS O VECINALES. Derechos) Fijar a partir de 1 de enero de 2019 el siguiente derecho por concepto de ocupación de espacios públicos:

A.579

(Pavimentos nuevos - zona de influencia). La Intendencia de Montevideo para el caso de los pavimentos nuevos podrá establecer zonas de influencia, determinadas de conformidad con la valoración de los siguientes factores:

A.559.3.7

(Parques Industriales y Tecnológicos Departamentales .

A.534.1.9.2

Tendrán derecho a participar de la promoción, los contribuyentes personas físicas que, al 30 del mes anterior al sorteo, se encuentren al día en el pago de cada tributo o tarifa en los últimos doce meses.

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