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A.524

Facultar a la Intendencia de Montevideo para exonerar por los ejercicios 2021 y 2022, el 50%  respecto de los predios en los que se haya producido cambio de categorizaciòn de suelo rural a suelo urbano o sub-urbano, como consecuencia de la aplicaciòn de las Directrices Departamentales de Ord

A.514.2

Disponer que el ejercicio de la facultad prevista en el presente Decreto requerirà informe favorable de la Unidad de Montevideo Rural respecto del cumplimiento de los requisitos.

A.514.1

Establecer que la exoneraciòn prevista en el articulo primero comprende ùnicamente a los predios que hayan sido categorizados como suelo sub-urbano sin instrumento de transformaciòn aprobado, que además mantengan el uso productivo rural y siempre que les haya correspondido la exoneraciòn prevista

A.514

Facultar a la Intendencia de Montevideo para exonerar por los ejercicios 2021 y 2022, el 50%  respecto de los predios en los que se haya producido cambio de categorizaciòn de suelo rural a suelo urbano o sub-urbano, como consecuencia de la aplicaciòn de las Directrices Departamentales de Ord

A.506.25

Establecer que la deuda resultante como consecuencia de las exoneraciones que sean dejadas sin efecto según el inciso primero del artículo anterior, no contendrá multas ni recargos, pero se actualizará por la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC) operada entre el mes que debía efectuar

A.506.24

Disponer que, si a partir de la vigencia del presente decreto los inmuebles mencionados son objeto de promesa de compraventa o traslación de dominio y además dejan de estar destinados al uso productivo rural, la Intendencia de Montevideo quedará facultada a dejar sin efecto las exoneraciones que

A.506.23

Facultar a la Intendencia de Montevideo para exonerar a partir del ejercicio 2021 el 100% del Impuesto de Contribución Inmobiliaria, adicionales y tasas de cobro conjunto, del impuesto a los baldíos y del impuesto a la edificación inapropiada, a los inmuebles en los que se haya producido cambio d

A.164.2.1

Facultar a la Intendencia de Montevideo a fijar en $ 331,00 (pesos uruguayos trescientos treinta y uno) el costo del trámite de renovación de Licencia de Conducir para personas diagnosticadas con diabetes, cuando las mismas sean expedidas con vigencia de hasta 2 (dos) años.

A.40.1.3

Establecer que los contribuyentes podrán solicitar el envío de las facturas sin costo por correo electrónico.

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